El Gobierno publicó el Decreto 661/2024, que introduce modificaciones significativas en el régimen de Monotributo aplicable a los pequeños propietarios de inmuebles. El decreto, publicado en el Boletín Oficial este miércoles, actualiza disposiciones relacionadas con la Ley Bases, el paquete fiscal y la Ley de Alquileres, con implicaciones directas para los empresarios e inversores en el sector inmobiliario.

Principales cambios

  • Unificación de la unidad de explotación:

Todos los inmuebles en alquiler serán considerados como una única unidad de explotación para los efectos del Monotributo. Esto incluye todos los bienes inmuebles que un pequeño contribuyente tenga en locación, así como los condominios de bienes inmuebles de los que forme parte.

Esta disposición aplica sin importar el destino de los inmuebles y exige que los contratos de alquiler estén debidamente registrados según las normativas establecidas por la AFIP.

  • Exención del impuesto integrado:

Los pequeños propietarios que operen bajo el Régimen Simplificado y alquilen hasta dos inmuebles están exentos del impuesto integrado. Sin embargo, deberán seguir cumpliendo con las obligaciones de cuota previsional y de obra social.

La exención también es aplicable a inmuebles dentro de condominios, siempre y cuando los contratos estén registrados según los requisitos de la AFIP.

  • Registro de contratos:

Para que los inmuebles sean considerados como una única unidad de explotación, es crucial que los contratos de alquiler estén registrados. De no ser así, cada inmueble o condominio se considerará como una unidad independiente.

Implicaciones para inversores y pequeños empresarios

La unificación de la unidad de explotación y la exención del impuesto integrado para hasta dos inmuebles simplifican la carga fiscal y administrativa para los pequeños propietarios.

Es fundamental asegurar el registro adecuado de los contratos de alquiler para beneficiarse de las nuevas exenciones. La normativa también clarifica que los ingresos no computables para el Monotributo, como salarios en relación de dependencia, no afectarán el derecho a la exención.